Manómetros
Estas comprobaciones sirven para el control metrológico de los manómetros de uso público para neumáticos de vehículos automóviles, entendiendo como tales los instrumentos que equipan las instalaciones fijas o móviles utilizadas para el inflado de los neumáticos de los vehículos automóviles y en los que una cadena de medida mecánica transmite la deformación elástica de un elemento receptor a un dispositivo indicador. Abarca, tanto los manómetros analógicos como aquellos dotados, total o parcialmente, de componentes electrónicos. En concreto, el alcance se extiende hasta 17 bar.
Nuestro método de actuación como Organismo Autorizado de Verificación Metrológica se refiere a:
- Manómetros analógicos comprendidos en el campo de aplicación de la Orden de 25 de abril de 1995 del Ministerio de Obras Públicas, Transportes y Medio Ambiente y Orden ICT/155/2020, de 7 de febrero del
Ministerio de Industria, Turismo y Comercio - Manómetros electrónicos comprendidos en el objeto de la Orden ITC/3700/2006 de 22 de noviembre y Orden ICT/155/2020, de 7 de febrero del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio
Reglamentación aplicable
- O. ITC/3700/2006
- Orden Ministerial de 25 de abril de 1995
- Orden ICT/155/2020