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Surtidores
La finalidad de las revisiones de surtidores es el control metrológico de los sistemas de medida de líquidos diferentes del agua destinados al suministro de carburantes y combustibles líquidos, en sus fases de verificación tras la reparación o modificación y de verificación periódica de surtidores con caudales hasta 200 l/min, así como surtidores o dispensadores para el suministro a vehículos automóviles de sustancias no destinadas a su uso como combustible con caudales hasta 50 l/min.
Nuestro método de actuación como Organismo de Verificación Metrológica se refiere al control metrológico que se aplica a los sistemas de medida destinados a la medición continua y dinámica de cantidades (volúmenes o masas) de líquidos distintos del agua y, en concreto:
- Sistemas de medida comprendidos en el campo de aplicación de la Orden del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio ITC, de 22 de noviembre y 7 de febrero.
- Sistemas de medida de líquidos distintos de agua destinados al suministro a vehículos automóviles de sustancias no destinadas a su uso como combustible comprendidos en el campo de aplicación de la Orden del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio ITC, de 12 de febrero y 7 de febrero.
Reglamentación aplicable
- Surtidores caudales hasta 200 l/min Orden ITC/3720/2006 y Orden ICT/155/2020.
- Surtidores o dispensadores para el suministro a vehículos automóviles de sustancias no destinadas a su uso como combustible (Caudal hasta 50 l/min) Orden. ITC/360/2010 y Orden ICT/155/2020
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