Consejero de seguridad - Tranporte por carretera | OCA Global
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Transporte

Consejero de seguridad - Transporte por carretera

La Directiva Comunitaria 96/35/CE, que establece el Real Decreto, obliga a contar con la figura del Consejero de Seguridad a empresas o autónomos que operen con mercancías peligrosas. Estas operaciones incluyen el transporte, y la carga o la descarga de mercancías peligrosas.

En OCA Global ofrecemos el servicio de externalización de la figura de Consejero de Seguridad, encargándose nuestros técnicos de cumplir o hacer cumplir todas las obligaciones legales establecidas.

Nuestros técnicos cuentan con una amplia experiencia y disponen de la capacitación oficial necesaria para prestar el servicio de Consejero de Seguridad para todas las clases de mercancías peligrosas y en cualquier sector de la actividad industrial. 

Reglamentación aplicable

Real Decreto 97/2014

Consejero de seguridad - Transporte por carretera

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