![Transporte](https://ocaglobal.co/storage/app/media/Inspeccion/Cabecera/transporte.jpg)
Vehículos de mercancías peligrosas (ADR)
Los vehículos de mercancías peligrosas (ADR) que circulan por carretera, tienen su propia periodicidad a la hora de pasar las inspecciones, y se distribuyen de la siguiente manera:
- Tractor y vehículo porta-contenedor: inspección anual.
- Camión cisterna, cisterna desmontable, vehículo cisterna: revisión del proyecto, supervisión durante la fabricación, inspección inicial, anual, cada 3 años y cada 6 años.
- Iso-contenedor y contenedor cisterna: revisión del proyecto, supervisión durante la fabricación, inspección inicial, anual, cada 2 años y medio y cada 5 años.
La aplicación del ADR es para los vehículos definidos y recogidos en las tablas A y B del ADR y están clasificadas en distintas clases:
- Materias, objetos explosivos, gases y líquidos inflamables.
- Materias sólidas inflamables.
- Materias autoreactivas y materias explosivas desensibilizadas sólidas.
- Materias que pueden experimentar inflamación espontánea.
- Materias que al contacto con el agua desprenden gases inflamables.
- Materias comburentes.
- Peróxidos orgánicos.
- Materias tóxicas, infecciosas, radiactivas y corrosivas.
- Materias y objetos peligrosos diversos.
Reglamentación aplicable
Reguladas por el Acuerdo europeo sobre el transporte de mercancías peligrosas por carretera (ADR).
![Vehículos de mercancías peligrosas (ADR)](https://ocaglobal.co/storage/app/media/Nuevas%20imagenes/INSPECCION%20REGLAMENTARIA/TRANSPORTE/Vehiculos%20de%20Mercancias%20Peligrosas%20%28ADR%29/09_01_V_34692649-2.jpg)